Comentario a la Sentencia STS 5454/2024 del Tribunal Supremo: Novedades y Vacíos Legales sobre la Audiencia Previa en el Despido Disciplinario

Introducción

El Tribunal Supremo ha dictado una importante sentencia en materia laboral (STS 5454/2024), que introduce una obligación novedosa en los procedimientos de despido disciplinario: la necesidad de una audiencia previa del trabajador antes de la adopción de la medida extintiva. Esta sentencia marca un cambio significativo en la interpretación del marco legal vigente y plantea nuevos desafíos para las empresas y sus asesores legales.

Desde LOZANO ABOGADOS, despacho especializado en derecho laboral en Asturias, analizamos las claves de esta resolución y los vacíos legales que deja abiertos.


La Novedad de la Sentencia: La Audiencia Previa en el Despido Disciplinario

La STS 5454/2024 del Tribunal Supremo resuelve un recurso de casación para la unificación de doctrina y establece que el despido disciplinario debe ser precedido por una audiencia previa al trabajador. Esta exigencia se fundamenta en el artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que España ratificó en 1985, pero que hasta ahora no había tenido un desarrollo normativo completo en nuestro país.

Hasta la fecha, la legislación española solo exigía audiencia previa en casos muy concretos, como los despidos de representantes de los trabajadores o afiliados a sindicatos. Sin embargo, la sentencia del Supremo amplía esta garantía a todos los trabajadores, introduciendo un nuevo requisito que las empresas deben cumplir para evitar que un despido disciplinario sea calificado como improcedente.

Consecuencias Prácticas para las Empresas

Esta decisión obliga a las empresas a revisar sus protocolos de actuación en materia de despidos disciplinarios. De no realizarse esta audiencia previa, el despido podría ser declarado improcedente por los tribunales, lo que conllevaría importantes consecuencias económicas y reputacionales.

Es crucial que las empresas documenten adecuadamente la realización de esta audiencia previa, garantizando que el trabajador haya tenido la posibilidad real de defenderse antes de la adopción de la medida disciplinaria.


Vacíos Legales y Necesidad de Regulación

Aunque la sentencia introduce esta exigencia, deja varios aspectos sin regular, lo que genera inseguridad jurídica:

  1. Falta de un Plazo Específico para la Audiencia Previa: La sentencia no establece un plazo concreto para llevar a cabo la audiencia previa, lo que podría dar lugar a interpretaciones dispares por parte de los tribunales. ¿Debe realizarse con antelación suficiente antes de la notificación del despido? ¿Es válida una audiencia previa realizada el mismo día del despido?
  2. Ausencia de Requisitos Formales para la Audiencia: No se especifica cómo debe realizarse la audiencia previa. ¿Debe ser presencial o puede realizarse por escrito? ¿Debe levantarse un acta? Estos aspectos deberían ser regulados para evitar conflictos judiciales.
  3. Excepción por Razonabilidad: La sentencia reconoce que la audiencia previa puede ser obviada en situaciones donde no sea razonable exigirla al empleador. Sin embargo, no se define claramente qué circunstancias justificarían esta excepción, lo que también puede dar lugar a inseguridad jurídica.

Conclusión

La STS 5454/2024 del Tribunal Supremo supone un avance significativo en la protección de los derechos de los trabajadores, al exigir una audiencia previa en los despidos disciplinarios. No obstante, la falta de regulación clara sobre los plazos y la forma de llevar a cabo esta audiencia genera incertidumbre tanto para empleadores como para trabajadores.

Desde LOZANO ABOGADOS en Asturias recomendamos a las empresas implementar protocolos internos que garanticen el cumplimiento de esta nueva obligación, documentando adecuadamente la audiencia previa y asegurándose de que el trabajador tenga la posibilidad real de defenderse antes del despido. Asimismo, instamos al legislador a regular de manera clara estos aspectos para dotar de mayor seguridad jurídica al procedimiento.

Si necesita asesoramiento legal sobre esta materia o cualquier otra relacionada con el derecho laboral, no dude en contactar con nosotros. En LOZANO ABOGADOS estamos a su disposición para ofrecerle un servicio jurídico personalizado y de calidad.